Una vez leído el texto de la nueva ley de Propiedad Intelectual e intentando reflexionar con más calma del impacto que puede tener, me ha quedado grabado que el ADSL y los discos duros no podrán tener canon. Es una buena política legislativa establecer que no exista el canon sobre el ADSL y los discos duros. Si entendemos el canon como una tasa aplicada a diversos medios de grabación y/o soportes y cuya recaudación reciben los autores, editores, productores y artistas en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos, es muy relevante que se haya excluido expresamente el ADSL, como era de esperar, y además los discos duros. La propia reforma aclara que la no existencia del canon sobre los discos duros se deberá de delimitar en el reglamento que ahora se deberá de aprobar.
Mi reflexión es la siguiente; Los cd y dvd desaparecerán, el almacenamiento de información, datos, etc., cada vez más será sobre discos duros, discos duros virtuales, discos duros portátiles, etc., puede ser que al canon le queden años contados. Mi recomendación es estar muy atentos al borrador de real decreto que desarrolla la nueva ley de propiedad intelectual ya que realmente será el ligar que deberá definir frente a la regla general que los discos duros no pueden ser grabados con canon, cuales si lo podrán ser como excepción a la norma. Como decía un algún viejo zorro de la política vosotros hacéis la ley que yo ya haré el reglamento.
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